El Informe Motivado Vinculante (IMV): seguridad jurídica para tu deducción por I+D+i
Qué es el IMV, quién lo emite, por qué vincula a Hacienda y en qué casos es imprescindible para aprovechar la deducción por I+D+i.

Aplicar la deducción por I+D+i sin respaldo técnico es asumir un riesgo: en una inspección, la Agencia Tributaria puede discutir si el proyecto era realmente I+D o si los gastos estaban bien imputados. El Informe Motivado Vinculante (IMV) elimina esa incertidumbre.
Qué es
Es un informe que emite el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, directamente o a través del CDTI, regulado por el Real Decreto 1432/2003. Califica las actividades del proyecto (I+D o innovación tecnológica) y valida los gastos asociados. Su resultado vincula a la Administración tributaria.
Cómo se obtiene
Lo habitual es preparar una memoria técnica y económica del proyecto y someterla a la revisión de una entidad certificadora acreditada por ENAC. Con el certificado de esa entidad se solicita el IMV. Puede pedirse sobre proyectos ya ejecutados, en curso o antes de empezar, aunque los plazos y requisitos varían según el caso.
Cuándo es imprescindible
- Para cobrar la deducción de Hacienda (monetización del artículo 39.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) cuando la empresa no tiene cuota suficiente.
- Para acceder al sello PYME Innovadora por esta vía.
En el resto de casos no es obligatorio, pero sí muy recomendable cuando el importe de la deducción es relevante.
La memoria marca la diferencia
Una buena memoria explica con claridad el estado de la técnica, qué aporta de nuevo el proyecto, qué incertidumbres había y cómo se resolvieron. En proyectos agroalimentarios con ensayos experimentales, el diseño del ensayo, las variables medidas y el análisis estadístico son la mejor prueba de que se ha seguido el método científico.
Preparamos memorias para IMV y acompañamos todo el proceso hasta la emisión del informe.



